sábado, 19 de marzo de 2011

LETRAS DEL TESORO

INTRODUCCIÓN

Las Letras del Tesoro son valores de renta fija a corto plazo emitidos a un plazo de 3, 6, 12 y 18 meses, que tienen un  valor de 1.000 euros, denominado Valor Nominal. Las letras se adquieren por un valor inferior al valor nominal, ya que se se emiten al descuento. Esto quiere decir, que adquirimos el activo por el valor del nominal menos los intereses que se devengan durante el momento de su vida descontados al momento de la compra. Por ejemplo en una letra con vencimiento a un año, se adquiere el derecho a cobrar 1.000 euros al finalizar ese año pagando en el momento de la adquisición 965 euros.

Las letras se pueden adquirir de varias formas:
  • En el mercado primario: esto es, en el momento en que se emiten los valores (suscripción).
  • En el mercado secundario: permitiendo invertir a diferentes plazos.
Para realizar la inversión, podemos acudir a cualquier entidad financiera, o bien a través de una cuenta directa en el Banco de España. Si nos decantamos por la segunda opción, sólo se podrán adquirir activos a su emisión teniendo que acudir a subasta. Ésta puede ser competitiva o no competitiva. La primera, se caracteriza porque no existe límite para la puja; mientras que en la segunda, no se podrán superar los 200 títulos o lo que es lo mismo, los 200.000 euros. 

La inversión lleva una serie de gastos y costes que varían dependiendo de donde realicemos la inversión.
  • Inversiones realizadas a través de entidades financieras: comisión a la compra, y comisión a la venta o amortización.
  • Inversiones realizadas a través del Banco de España: comisión a la amortización en concepto de transferencia.

RENTABILIDAD

Cuando hablamos de rentabilidad, hablamos de rentabilidad al descuento, explicado anteriormente.
Si adquirimos la letra en el mercado secundario, el precio a pagar será la suma del precio de emisión más los intereses devengados desde la fecha de la emisión hasta el momento de la compra.

TRIBUTACIÓN

Cualquiera que sea su plazo, tributa a un tipo fijo del 18%. Las letras no sufren retención a cuenta sobre su rendimiento.

FORMULACIÓN


http://www.tesoro.es/sp/index.asp

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